Poderes Notariales
Personas mayores de edad que desean otorgar un poder a una tercera persona que se encuentra en Uruguay, para que este en su nombre y representación realice el trámite para el cual se le da autorización.
Poder General ante la Sección Consular:
Requisitos
- Documento de identidad del poderdante.
- Copia del documento de identidad del apoderado.
- Informar estado civil y domicilio de ambas partes.
Nota: Una vez obtenido el Poder General, para que pueda ser utilizado en Uruguay, deberá previamente legalizar la firma del funcionario consular actuante ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Uruguay.
Una vez haya revisado detenidamente los requisitos anteriormente relacionados, realice la solicitud de agendamiento de su cita al correo electrónico uruturquia@mrree.gub.uy, enviando en archivo adjunto los documentos requeridos.
Tras corroborar la información, se le responderá con los detalles de su cita para que se presente en la Sección Consular, en la fecha y hora indicados.
Costo: USD 270
Poder General ante una Notaria local:
Deberá concurrir ante la Notaria local ubicada más cerca de su lugar de residencia en Türkiye, y solicitar la emisión de un Poder General.
Una vez cuente con el documento notarial, deberá apostillarlo ante la autoridad local competente.
Nota: El Poder notarial apostillado debe ser protocolizado ante un Escribano Público en Uruguay, para poder utilizarlo en el país.